martes, 16 de diciembre de 2014

ANEXO 2: TRAMITES PARA CONTRAER MATRIMONIO

ANEXO 2 : TRAMITES PARA CONTRAER MATRIMONIO

1- Los novios pueden escoger, para contraer matrimonio, la parroquia de uno de los dos.
2- Deben presentarse, un mes antes de la fecha prevista, al párroco de la parroquia escogida, para tomar acuerdos acerca de la "información verbal."
3-Se necesitan los siguientes documentos:
   +Partida de bautismo de ambos, expedida dentro de los seis meses anteriores.
   +Certificado de la confirmación.
   +Un documento de identificación.
   +Una fotografía de cada uno de los novios.
   +Fotocopia de las cédulas.
   +Certificado del cursillo prematrimonial.
   +Partida de defunción del cónyuge, si uno de los es viudo.
   +Si el matrimonio se realiza en una parroquia distinta a la de los novios, el párroco de la parroquia  
      exigirles el certificado de soltería.
   +Para casarse en una parroquia distinta a la del novio o de la novia, se necesita el permiso escrito 
     del párroco del novio o de la novia.
4. Por lo establecido en el Concordato, el matrimonio realizado en la Iglesia Católica tiene todos los efectos civiles. Para que éstos se hagan vigentes, los recién casados tienen que inscribir su matrimonio en la Notaría competente, presentando la partida del matrimonio expedida en la parroquia donde se hayan casado. Tan inscripción debe hacerse dentro del mes siguiente al matrimonio. (p.58)

No hay comentarios.:

Publicar un comentario